¿Qué es la tarifa plana de autónomos en 2026?
La tarifa plana es una cuota reducida de cotización al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) pensada para quien empieza su actividad por cuenta propia. Durante los 12 primeros meses se paga una cuota fija de 80 €/mes en lugar de la cuota que correspondería por los rendimientos. La medida está regulada por el RD-ley 13/2022, de 26 de julio, que introdujo el nuevo sistema de cotización por ingresos reales y fijó esta cuota reducida en su Disposición Transitoria Quinta.
El importe base de 80 € se mantiene en 2026 a falta de una cifra distinta en los Presupuestos Generales del Estado. El pago efectivo puede ser ligeramente superior a 80 € por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI); confirma el importe exacto en seg-social.es.
Requisitos para tener derecho
- Ser un alta inicial en el RETA, o bien no haber estado de alta como autónomo en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta.
- El plazo sube a 3 años si ya disfrutaste antes de esta misma cuota reducida.
- No aplica a familiares del autónomo (por consanguinidad o afinidad hasta el 2.º grado inclusive) que se den de alta como autónomos colaboradores.
- Se solicita al tramitar el alta en la Seguridad Social.
La prórroga: meses 13 a 24
Tras los 12 primeros meses con la cuota de 80 €, puedes mantener una cuota reducida otros 12 meses (meses 13 a 24) solo si tu rendimiento neto económico anual previsto es inferior al SMI. En ese caso se aplica una bonificación del 50 % sobre la cuota que te correspondería por tu tramo de rendimientos. Si tus rendimientos igualan o superan el SMI, del mes 13 en adelante pagarías la cuota normal del tramo.
El umbral del SMI 2026 ronda los 1.221 €/mes en 14 pagas según las asesorías; verifica el importe oficial vigente en seg-social.es.
¿Cuánto pagarías sin tarifa plana? (cuota normal por tramos)
Desde 2023, los autónomos cotizan por tramos de rendimientos reales. La tabla para 2026 la fija la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (BOE-A-2026-7296). La cuota normal se obtiene aplicando el tipo de cotización a la base de tu tramo. Los tipos verificados para 2026 son: 28,30 % de contingencias comunes, 1,30 % de contingencias profesionales y 0,90 % del MEI. Esta herramienta usa el suelo verificado (30,50 %) sobre la base mínima del tramo; el coste real es algo superior (cese de actividad 0,90 % + formación profesional 0,10 %), por lo que el ahorro que te muestra es conservador.
Casos especiales (discapacidad, violencia de género o terrorismo)
Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género o de terrorismo disponen de condiciones más favorables: la cuota de 80 € puede extenderse hasta 24 meses y prorrogarse 36 meses más a 160 € si los rendimientos se mantienen por debajo del SMI. Las condiciones concretas varían según tu situación; verifica tu caso en seg-social.es. El verificador de arriba no aplica este supuesto automáticamente.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto se paga de tarifa plana de autónomos en 2026?
- La cuota base es de 80 €/mes durante los 12 primeros meses de alta inicial en el RETA (RD-ley 13/2022). El pago efectivo puede ser algo superior por el MEI; confirma el importe exacto en seg-social.es.
- ¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo antes?
- Sí, siempre que no hayas estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste antes de esta misma cuota reducida).
- ¿Cómo funciona la prórroga de los meses 13 a 24?
- Solo se puede prorrogar la cuota reducida otros 12 meses si tu rendimiento neto anual previsto es inferior al SMI. En ese caso se aplica una bonificación del 50 % sobre la cuota que te correspondería por tu tramo.
- ¿Los autónomos colaboradores tienen tarifa plana?
- No. Los familiares del autónomo (hasta 2.º grado por consanguinidad o afinidad) que se dan de alta como autónomos colaboradores están excluidos de la tarifa plana.
- ¿Esta herramienta sustituye a una gestoría o asesor?
- No. Es una estimación orientativa basada en fuentes oficiales (BOE, Seguridad Social); no constituye asesoría fiscal ni laboral. La cuota definitiva la fija la Tesorería General de la Seguridad Social según tus rendimientos reales.
Fuentes oficiales
- RD-ley 13/2022 (cuota reducida, requisitos, prórroga): BOE-A-2022-12482
- Orden PJC/297/2026 (tramos y tipos de cotización 2026): BOE-A-2026-7296
- Seguridad Social — beneficios en la cotización (tarifa plana): seg-social.es
Última verificación de datos: 14 de junio de 2026. Estimación orientativa, no asesoría fiscal ni laboral.